De acuerdo con lo previsto en el artículo 10 del RD 1527/2010, corresponde a la Subdirección General de Investigación en Terapia Celular y Medicina Regenerativa el mantenimiento y actualización del Registro de proyectos sujetos a informe por la Comisión de Garantías.
La información a incluir en el Registro será proporcionada por la Autoridad a la que corresponda la autorización del proyecto, en el plazo de un mes desde que emita la certificación de la autorización, desde la comunicación de las modificaciones, o desde la revocación de la autorización, según corresponda.
La información contenida en el Registro de Proyectos de Investigación con material fetal y embrionario humano estará en todo momento a disposición del Banco Nacional de Líneas Celulares y los datos de carácter personal que contengan los asientos del Registro estarán protegidos por la normativa aplicable en materia de protección de datos de carácter personal.